Será el jueves 31 de mayo, de 8:30 a 10:30, en Mitre 360. Se podrá tramitar el título de propiedad mediante Ley Pierri, el programa Protege Tu Casa y regularización de personería jurídica para instituciones. Estará a cargo del Centro de Estudio Regional (CER).
En la oportunidad, se podrá obtener información y detalles para iniciar o retomar trámites correspondientes a la escrituración de viviendas a través de Ley Pierri Nº 24.374; de acceder al programa provincial Protege Tu Casa, que simplifica el trámite de Afectación de la Vivienda (antes llamado bien de familia), y la regularización o inicio de personería jurídica para instituciones.
Sobre la ley Pierri, el Gobierno de Santa Fe implementa el programa que busca la regularización dominial de los inmuebles cuyo destino principal sea la vivienda (casa de habitación única y permanente). El trámite requiere que el morador este ocupando el inmuebles desde antes de 2006.
Cabe destacar que se trata además de un trámite gratuito (sólo se cobra un sellado que está establecido por la propia ley, correspondiente al 1% del avalúo fiscal) y la existencia de deudas tributarias, impositivas o de tasas que recaigan sobre el inmueble no constituyen un impedimento para la regularización dominial.
Además contarán con información sobre la protección de la vivienda mediante Protege Tu Casa. Que abarca una protección jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a las adversidades económicas; su principal efecto consiste en que el inmueble afectado no podrá ser ejecutado por las deudas que contraiga su titular con posteridad a la afectación. Mediante un trámite gratuito, que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho.
Se puede aplicar a cualquier inmueble que tenga como destino la habitación del grupo familiar o la persona constituyente. Puede ser urbano o rural y no puede afectarse más de un inmueble. Incluso puede llevarse a cabo cuando la casa está hipotecada o embargada, pero la protección tendrá efecto para las deudas que se contraigan posteriormente, no respecto a las anteriores.
Esta afectación no te protege frente a deudas por: expensas comunes e impuestos, tasas o contribuciones del inmueble, garantías reales, deudas por construcciones y mejoras en la vivienda, y obligaciones alimentarias.