La escala salarial para el personal de casas particulares tendrá una nueva modificación a partir de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
El nuevo esquema contempla una suba del 1,7% respecto de los valores de septiembre. A esto se suma la incorporación al salario básico del 50% de la suma no remunerativa que había sido otorgada en agosto, cuyo monto había variado según la cantidad de horas trabajadas.
De esta manera, el valor final que corresponde cobrar depende de la categoría laboral y de la modalidad de contratación, es decir, si se trata de personal con retiro o sin retiro.
Cuánto se cobrará por hora y por mes
Para quienes realizan tareas generales, como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento o preparación de comidas, los nuevos valores serán:
- Con retiro: $4.064,08 por hora y $498.582,06 mensuales.
- Sin retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
En el caso del personal dedicado a la asistencia y cuidado de personas, los valores establecidos son:
- Con retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
- Sin retiro: $4.801,52 por hora y $605.050 mensuales.
Caseros
Para quienes trabajan como caseros, realizando tareas de cuidado y mantenimiento general de una vivienda en la que además residen, la escala contempla únicamente la modalidad sin retiro.
El valor será de $4.337,53 por hora, mientras que el salario mensual llegará a $548.429,23.
Tareas específicas
La categoría incluye, entre otros casos, a quienes son contratados para realizar tareas que requieren una especial capacitación o experiencia, como determinados trabajos de cocina.
Los valores de octubre serán:
- Con retiro: $4.580,80 por hora y $560.776,33 mensuales.
- Sin retiro: $4.973,38 por hora y $618.187,89 mensuales.
También hay adicionales
Además del salario básico, existen otros conceptos que pueden modificar el monto final a cobrar.
Las horas extras tienen un recargo del 50% cuando se realizan en días comunes. En tanto, el adicional asciende al 100% para las horas trabajadas los sábados después de las 13, domingos y feriados.
También existe un adicional por antigüedad del 1% por cada año trabajado para el mismo empleador.
Por otra parte, quienes desarrollan sus tareas en determinadas zonas consideradas desfavorables reciben un adicional del 31%. El beneficio alcanza a La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones.
Cuándo debe pagarse el salario
Para el personal mensualizado, el sueldo debe abonarse dentro del cuarto día hábil posterior al vencimiento de cada mes calendario.
El pago puede realizarse mediante una cuenta sueldo bancaria. Si el trabajador solicita cobrar en efectivo, el empleador debe hacerlo de esa manera, durante días hábiles y dentro del horario de trabajo.
En el caso del personal que cobra por día o por hora, el pago debe realizarse al finalizar cada jornada o cada semana, según lo acordado entre las partes.