A partir del martes 24 de octubre los ciudadanos que no hayan asistido a votar en las elecciones generales por alguna de las razones contempladas en la legislación vigente podrán justificar la no emisión del voto correspondiente a los comicios nacionales.
Para realizar dicho trámite deberán ingresar en la página web http://infractores. padron.gov.ar/ y, en caso de no tener posibilidad de realizar la gestión vía internet, también podrán concretarlo en las sedes de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe en Rosario (Tucumán 1681), Santa Fe (Eva Perón 2726), y las delegaciones de la defensoría de toda la provincia (www.defensoriasantafe.gob.ar/oficinas).
La justificación del no voto deberán hacerla quien no haya asistido a sufragar por encontrarse a una distancia mayor a 500 kilómetros del lugar de votación o fuera de la Argentina, por enfermedad, fuerza mayor o estar cumpliendo funciones electorales.
Para realizar el trámite vía internet se debe ingresar al sitio https://infractores. padron.gov.ar/ y completar el número de documento, sexo y distrito. Allí se podrá consultar si un ciudadano aparece en el registro como infractor. En caso de que así sea, se deberá seleccionar la opción “justificar”, elegir una razón y cargar un documento que certifique el motivo. Una vez que se venza el tiempo para realizar la justificación, en el mismo sitio se podrá generar la boleta para pagar la multa correspondiente.