El senado de la provincia dio media sanción a un proyecto de Ley presentado por el senador Hugo Rasetto para simplificar la posibilidad de que los Municipios y Comunas se hagan del dominio de inmuebles de los que son poseedores de una manera más rápida.
El Proyecto tiene por objeto establecer un marco normativo que regule el procedimiento que los Municipios y Comunas de la Provincia deben seguir para adquirir el dominio de los inmuebles de los cuales son poseedores, mediante el instrumento jurídico de la “Prescripción Adquisitiva”, también denominado “Usucapión”.
Cuando se habla de Prescripción Adquisitiva se hace referencia al modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante un tiempo fijado por la ley, en este caso de 20 años.
“Para ser dueño de un inmueble se puede llegar por compra-venta, por donación o por un trámite de usucapión”, comentó el senador Hugo Rasetto y explicó: “Es cuando al ocupar un inmueble durante determinado tiempo y cumpliendo ciertos requisitos, poder hacer escriturar el inmueble a tu nombre”.
En ese sentido, puntualizó: “Los municipios y comunas tienen esa potestad, puede adquirir un inmueble por usucapión, sin necesidad de hacer un juicio. Pueden escriturar un inmueble a través de un trámite administrativo y cumplimentando otras formas”.
Sin embargo, la legislación que ordena la usucapión administrativa en la provincia de Santa Fe “está muy desperdigada”, cuestionó Rasetto y abundó: “Por eso la condensé en un solo cuerpo normativo para que sea de sencilla comprensión y fácil aplicación”.
De esta manera se busca que a municipios y comunas les sea más rápida y sencilla la aplicación de la usucapión administrativa “para que les sea más sencillo hacerse de inmuebles que se destinen a viviendas”.