Tras la conferencia de prensa que brindó el gobernador Omar Perotti, el Gobierno de Santa Fe dio a conocer los alcances de las restricciones que rigen desde este viernes y durante 14 días de corrido.

Las medidas aplican para los departamentos Rosario, San Lorenzo, General López, Caseros y Constitución; afectando a las localidades de Timbúes y Aldao. El objetivo, según indicó Perotti, es limitar al máximo la circulación de personas para contener el avance del virus.

Actividades restringidas:

– Comercio mayorista y minorista: venta de mercadería de rubros no esenciales.

– Locales gastronómicos: bares, restaurantes, rotiserías, heladerías y venta de producto alimenticio

– Actividades comerciales de shoppings.

– Ejercicios de profesionales liberales: incluidos mandatarios, corredores y martilleros, actividad inmobiliaria y mudanzas.

– Servicios de personal doméstico

– Actividades religiosas: individuales y reuniones o ceremonias grupales.

– Obras privadas: que ocupen más de 5 trabajadores o contratistas.

– Actividades administrativas: sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.

– Práctica de actividades deportivas y físicas: en instalaciones cerradas tales como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre.

– Servicios de peluquería, manicuria, cosmetología y podología.

– Museos, bibliotecas y lugares recreativos: de divulgación científica públicos o privados.

– Salas de grabación y ensayo: preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.

– Enseñanza de disciplinas artísticas: en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.

– Caminatas recreativas para personas mayores de 60 años: o que estén incluidas en los grupos en riesgo.

– Actividad artística y artesanal: a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

Actividades habilitadas

Salidas breves para caminatas de esparcimiento bajo la siguiente modalidad: uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón; sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia; sin extenderse más allá de las 19.30 horas.

Locales gastronómicos bajo la siguiente modalidad: exclusivamente envíos a domicilio hasta las 22 horas; con servicio para llevar (take away).