El Juzgado Federal Nº 1 de Paraná tomó la decisión de sobreseer a 43 personas acusadas de estar involucradas en los incendios que afectaron las islas del Delta del Paraná durante la pandemia de 2020. La resolución, fechada el 4 de abril pasado, se basa en la ausencia de pruebas suficientes para acreditar la responsabilidad de los imputados en los hechos delictivos que se les atribuían, tales como incendios intencionales o imprudentes y atentados contra la seguridad. La causa fue iniciada por la Municipalidad de Rosario, que había presentado una denuncia formal por los daños causados por los incendios en la región.
A lo largo de la investigación, que se extendió por más de tres años, se encontraron diversas dificultades para determinar la verdadera causa de los incendios. Los reportes que se utilizaban como base para las acusaciones fueron cuestionados, y la fiabilidad de los mismos fue puesta en duda. Además, no se presentaron nuevas pruebas incriminatorias que pudieran vincular a los acusados con los hechos. Tras una prolongada instrucción, se determinó que no existían datos concluyentes que permitieran avanzar con la acusación.
La causa penal, que comenzó el 4 de marzo de 2020, había sido tramitada inicialmente por el Juzgado Federal Nº 1 de Paraná bajo la jurisdicción del juez Leandro Damián Ríos, quien se apartó del caso al encontrarse vinculado por afinidad con uno de los imputados. Posteriormente, el caso fue asumido por el juez Federal N° 2 de Paraná, Daniel Edgardo Alonso. La acusación había involucrado a un total de 58 personas, la mayoría de ellas residentes de Rosario y Victoria, quienes fueron acusadas de incendios dolosos, imprudentes y contaminación ambiental.
En el proceso, algunos de los imputados fueron acusados debido a su vinculación con terrenos que habían sido afectados por los incendios, pero con el tiempo se descubrió que varios de los involucrados ya habían fallecido. Finalmente, el tribunal determinó que no se podía atribuir responsabilidad penal a los acusados y decidió sobreseer a las 43 personas restantes, dejando a la mayoría de los imputados sin cargos.
Los sobreseídos son: Enzo Federico Vignale, Esteban Ricardo Morist, Raúl Álvaro Morist y Rachinsky, Julián Marcelo Luraschi, José María Vincenti, Hebe Elizabeth Casanova, Vicente José Casanova, José Alcides Risso, María Magdalena Risso, Andrés Alberto Risso, Mateo Beltrán Risso, Agustina Risso, José Roberto Gabirondo, Rut Noemí, Adolfo Mario y Mónica Alicia Mass, Alejandro José Agustoni, Enzo Rómulo Mariani, Vanesa Natalia y Diego Martín Cuello, Diego Hernán Ramajo, Antonio Teodoro Mastrizzi, Olga Beatriz Valdez, Héctor Luis Soria, Iván Daniel Juárez, Hipólito Enrique y José Luis Maceratesi, Mario Luis y Miguel Ángel Dura, Laura Beatriz Becherucci, Rufino Pablo Baggio, Alicia Lorenzo, Guillermo Gustavo Cabruja, Gerardo Nothardt, Graciela Anunciación Omedes, Amelia Marta Barinotto, Marisa Ysabel Giurgiovich, Mateo Alberto Risso, Mónica Alejandra Franzoni, Diana Lea Mass, Juan Carlos Paladini Concina, Martha Elena Mina y Andrés Arechavaleta.