El Gobierno promulgó la ley 27.501, modificatoria de la 26.485, que establece el acoso callejero como una modalidad de violencia a la mujer. La normativa fue sancionada el pasado abril, tras ser aprobada por unanimidad en el Senado, en ella se introducen cambios a la Ley de Protección Integral a las Mujeres, con el objetivo de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Se define la violencia contra las mujeres en el espacio público como aquella ejercida contra las mujeres, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia, y/o generen un ambiente hostil u ofensivo.
Asimismo, se establece la implementación de una línea telefónica gratuita y accesible para contener y brindar información y asesoramiento a las víctimas. Y se agrega la deslegitimación del acoso callejero a la lista de contenidos curriculares en el marco del Consejo Federal de Educación.
El proyecto de ley había sido impulsado por la ex diputada Diana Conti. Según una encuesta de la agrupación Mujeres de la Matria Latinoamericana, Mumalá, el 93% de las argentinas sufrió acoso callejero.
Un proyecto que espera su tratamiento en la Cámara de Diputados busca incluir el acoso sexual callejero como delito en el Código Penal, con multas que llegan a los 30.000 pesos. Ya tiene dictamen de la Comisión de Legislación Penal