Este lunes comienza a regir la nueva reglamentación de la ley nacional de Receta Electrónica, con el objetivo de modernizar y simplificar el proceso de prescripción de tratamientos en el sistema de salud argentino. A través del decreto 345/2024, se establece un período de adaptación de 180 días para la implementación de plataformas digitales por parte de los profesionales y las farmacias, asegurando el acceso a medicamentos y prácticas médicas de forma más ágil.

El ministerio de Salud de la Nación puso en marcha un plan de capacitación para las distintas jurisdicciones, con el fin de facilitar la transición hacia la receta electrónica. A través de conversatorios y talleres, se busca brindar el apoyo necesario para que profesionales de la salud y farmacias puedan cumplir con los requisitos para la emisión y dispensación de recetas digitales de manera adecuada.

Además, se habilitó una página web oficial de Receta electrónica donde se puede encontrar información detallada sobre la implementación de este sistema, así como instructivos, normativas y espacios de consulta. También se habilitaron una línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y una casilla de correo electrónico receta@msal.gov.ar para resolver dudas y consultas de la comunidad en general.

Desde el gobierno destacaron que la adopción de la receta electrónica se sustenta en cuatro ejes esenciales: la identificación de profesionales con capacidad para prescribir, la creación de un Registro Nacional de Soluciones Informáticas, el establecimiento de un Diccionario Nacional de Medicamentos y la facilitación de la comunicación y acceso a las recetas electrónicas.

La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que este disponga a su conveniencia.

Es responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto.

Las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.