Un nuevo capítulo judicial se abrió en torno a AR Zinc, la empresa ubicada en Fray Luis Beltrán, en pleno Cordón Industrial, por el riesgo ambiental que representa el estado de la barranca lindera al río Paraná y la presencia de residuos industriales en el predio.
La Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario resolvió revocar la medida cautelar que obligaba a la compañía a ejecutar obras urgentes para estabilizar la barranca y evitar la dispersión de los depósitos de jarosita, un residuo industrial considerado peligroso. La decisión fue firmada el 2 de noviembre por el juez Javier Beltramone, tras una apelación presentada por la defensa de la empresa.
Sin embargo, el fallo tiene una aclaración fundamental: AR Zinc sigue obligada a realizar las obras de contención y estabilización. La resolución no la libera de sus responsabilidades ambientales ni habilita a detener los trabajos.
El origen del conflicto en Fray Luis Beltrán
AR Zinc produjo zinc y ácido sulfúrico hasta 2016. Tras el cierre de sus operaciones, quedaron en el predio depósitos de jarosita ubicados junto a una barranca sobre el Paraná.
La preocupación está puesta en el avance de la erosión y en la posibilidad de que esos materiales puedan dispersarse por el viento, filtrarse en el suelo o llegar al río.
El conflicto llegó a la Justicia en 2020, cuando una asociación ambientalista presentó un amparo en el fuero civil de San Lorenzo. Posteriormente se aprobó un proyecto para consolidar la barranca, pero las obras tuvieron avances y luego quedaron paralizadas.
En septiembre de 2026, el juez de primera instancia Eugenio Romanini había ordenado a la empresa apuntalar y estabilizar la barranca, además de asegurar los depósitos de jarosita. También estableció plazos para presentar proyectos técnicos, informar las medidas previstas y comunicar periódicamente los avances.
Los argumentos para revocar la cautelar
La empresa apeló la decisión y sostuvo que ya había contratado los trabajos y que las tareas habían comenzado el 8 de octubre. También cuestionó el plazo de ocho meses fijado para completar las intervenciones, al considerar que los organismos técnicos contemplaban un período de entre once y catorce meses.
La Fiscalía, a cargo de Maximiliano Nicosia, pidió mantener la medida y planteó que las demoras en las obras se arrastraban desde hacía varios años.
Al analizar el planteo, Beltramone consideró que la cautelar había sido dictada sin una identificación suficientemente precisa de los hechos que podrían constituir un delito. Además, cuestionó que desde el expediente penal se establecieran soluciones técnicas y plazos para una intervención ambiental de gran complejidad.
Por ese motivo, entendió que la herramienta judicial utilizada no estaba debidamente fundamentada y resolvió dejarla sin efecto.
Qué pasará con las obras
Uno de los puntos centrales de la resolución es que la situación ambiental de AR Zinc en Fray Luis Beltrán continúa bajo otras instancias de control.
El juez recordó que el fuero civil puede disponer nuevas medidas urgentes, aplicar multas e incluso ordenar que las obras sean ejecutadas por terceros a costa de la empresa. También destacó las facultades del Ministerio de Ambiente y de las autoridades provinciales vinculadas a los recursos hídricos.
Además, dejó expresamente establecido que la revocación de la cautelar penal no suspende, modifica ni posterga las obligaciones ambientales de la compañía.
Durante la audiencia, la representación de AR Zinc reconoció que esos compromisos continúan vigentes y manifestó su voluntad de ejecutar las tareas de estabilización.
La investigación penal tampoco quedó cerrada. El magistrado aclaró que un eventual abandono de las obras o una paralización injustificada podría dar lugar a nuevas actuaciones judiciales.
Así, aunque la Cámara dejó sin efecto la orden que había impuesto la Justicia penal, el problema ambiental en el predio de AR Zinc, en el Cordón Industrial, sigue sin quedar resuelto y la empresa deberá cumplir con las intervenciones necesarias para contener la barranca del Paraná.