En un fallo sin precedentes, el juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Scola, ordenó que un hombre, separado de su pareja embarazada, comience a realizar aportes alimentarios provisorios antes de que nazca su bebé. La resolución determina que el empleador del demandado deberá retener una suma correspondiente a la canasta de crianza para menores de un año, y depositarla en el Nuevo Banco de Santa Fe.
El conflicto surgió luego de que la pareja, que convivió por un año, se separara al tercer mes del embarazo. La mujer, representada por la abogada Soledad Acosta, inició un reclamo en función de lo estipulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, que ampara al niño por nacer.
En su decisión, el juez dispuso que el monto a retener será equivalente al valor total de la canasta de crianza, que actualmente asciende a $352.561. Además, se incluirán el 25% del Sueldo Anual Complementario, indemnizaciones, asignación familiar, cobertura de obra social y la mitad de los gastos extraordinarios.
Según informó Tiempo de Justicia, Scola también ordenó que estas retenciones sean efectuadas automáticamente por el empleador, sin necesidad de nuevos oficios, y se apliquen a la liquidación final en caso de que el hombre termine su relación laboral.
Por último, se estableció que la madre deberá iniciar el trámite de filiación del niño dentro de los primeros 30 días posteriores al nacimiento. En caso de no hacerlo, la obligación alimentaria quedará suspendida.